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(Agencia ABI)

Gabinete autoriza suscribir préstamo por $us 315 millones para infraestructura caminera

La Paz, 21 mar (ABI).- El gobierno del Presidente Evo Morales Ayma autorizó hoy, en reunión de gabinete, al ministerio de Planificación del Desarrollo firmar contratos de préstamo con dos entidades financieras internacionales por un monto de 315 millones de dólares que serán destinados para infraestructura caminera en el territorio nacional.

El objetivo de estos contratos de préstamo es mejorar las condiciones de integración caminera nacional y regional, contribuyendo a la transitabilidad permanente en el país.

La autorización para la suscripción de los préstamos fue realizada mediante los Decretos Supremos Nº 29068, 29069 y 29070, que fueron aprobados hoy en reunión de gabinete.

Mediante el Decreto Nº 29069, se autoriza un préstamo de 120 millones de dólares de la Corporación Andina de Fomento (CAF) que serán destinados a la culminación de las obras para la pavimentación del tramo vial Cotagaita-Tupiza-Villazón y la realización de obras complementarias correspondientes a la fase 1-Carreteras Potosí-Tarija (tramo Santa Bárbara-Cuchu Ingenio) y Potosí -Villazón (tramo Bella Vista-Cotagaita.

El Decreto Nº 29069, autoriza un préstamo con la CAF de 75 millones de dólares que serán destinados a financiar el proyecto "Carretera Potosí-Uyuni, Bolivia". La finalidad es desarrollar e impulsar la actividad productiva, comercial y turística de la zona en el marco de la estrategia de Desarrollo Económico Social elaborada por el Gobierno nacional.

Con el Decreto Nº 29070, se faculta homologar el contrato de préstamo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de 120 millones de dólares, para mejorar las condiciones de integración nacional y regional, contribuyendo a la transitabilidad permanente y a la continuidad física del Corredor Norte, desde La Paz hasta Rurrenabaque.

Una vez suscritos los contratos de préstamos, según lo establecido en cada uno de los decretos supremos, deberán ser remitidos al Poder Legislativo para su respectiva consideración dando cumplimiento a lo dispuesto por la atribución 5ª del artículo 59 de la Constitución Política del Estado (CPE).
Pta/Lcr/ABI

(enviado por Jaime Burgos)

 

 

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